Obligatoriedad de obtener Certificados Profesionales a los especialistas en aire acondicionado
06/07/2010
Obliga a los especialistas en aire acondicionado a pasar por un curso de formación de un mínimo de 40 horas, con motivo del Real Decreto 795/2010, de 16 de junio, por el que se regula la comercialización y manipulación de gases fluorados y equipos basados en los mismos, así como la certificación de los profesionales que los utilizan, entre ellos los especialistas en aire acondicionado y climatización de vehículos automóviles.
En el Real Decreto se determina que las comunidades autónomas designarán el órgano competente para la expedición, suspensión y retirada de las certificaciones personales. Asimismo, tendrán que determinar los centros de formación y evaluadores acreditados y poner en marcha un registro, accesible a través de internet, entre otros medios, para permitir las comprobaciones de dichas certificaciones. Todo ello deberá estar preparado para cumplir el objetivo de que el 1 de enero de 2012sólo los profesionales que cumplan los requisitos de la normativa, que se basa en varios Reglamentos de la Unión Europea, puedan realizar operaciones de mantenimiento y reparación sobre los equipos y componentes de los sistemas de aire acondicionado y climatización de los coches.
Las certificaciones personales que habrán de realizar las Comunidades Autónomas tendrán validez en toda España y en la Unión Europea y, en el caso del sector de la Automoción, habilitarán para la instalación, mantenimiento o revisión (incluido el control de fugas, carga y recuperación de refrigerantes fluorados) y la manipulación de los contenedores de gas.
Para más información pueden ponerse contacto con Ana Galindo, en el teléfono 921 43 22 12 o a través del correo electrónico fes_preven@cecale.es o en la página web de la Federación Empresarial Segoviana, www.fessegovia.es .