Modificación en el RD 665/1997 sobre protección a los trabajadores con exposición a agentes cancerígenos
Cambios en el Reglamento de exposición a agentes cancerígenos
El pasado 16 de junio se publicó en el BOE la modificación mencionada en el Reglamento de agentes cancerígenos.
En esencia, este cambio supone la inclusión de dos nuevos agentes en el listado de los que requieren protección para los trabajadores expuestos a los mismos y son los humos generados por motores diesel y los aceites empleados en la lubricación de motores.
Entendemos que ambos agentes son relativamente comunes en muy diversas actividades, pero debemos estar especialmente atentos al primero, ya que la exposición a los aceites de motores se considera que es un factor de riesgo cuando la misma se da por vía dérmica, exclusivamente, por lo que la utilización de protección individual adecuada (guantes, ropa de trabajo, etc…) cuando se manipule este agente, como ya se vendrá haciendo, será suficiente.
Sin embargo, la exposición a humos de motor diesel puede ser más común de lo que parece por lo que las empresas deberán estar atentas y modificar su evaluación de riesgos y plan de prevención cuando sea necesario. Pensemos que este agente puede estar presente en el sector del transporte, pero también en actividades industriales que usen motores para actividades internas o almacenamiento (carretillas elevadoras que usen este tipo de motor, por ejemplo).
Si en vuestras empresas estáis expuestos a este tipo de humos deberéis solicitar a vuestro servicio de prevención que os haga una medición para comprobar si superáis o no el valor límite (cantidad de contaminante a partir de la cual se considera que la exposición es peligrosa) que marca el propio Reglamento y en función de eso, poner en marcha las medidas de protección adecuadas.
A continuación adjuntamos un video de FREMAP con más información.